Medios Adecuados de Solución de Controversias_MASC
- despacho95

- hace 21 horas
- 2 Min. de lectura

La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de Enero, establece que las Comunidades de Propietarios en España deben intentar resolver conflictos mediante los "Medios Adecuados de Solución de Controversias" (MASC) antes de presentar una demanda judicial. Este requisito busca mejorar la eficiencia del sistema judicial y fomentar soluciones extrajudiciales.
Obligatoriedad de los MASC:
Antes de acudir a los Tribunales, las Comunidades deben intentar resolver el conflicto mediante mecanismos como Mediación, Conciliación privada, propuesta vinculante, Derecho colaborativo, entre otros.
Si el intento de MASC fracasa o resulta imposible, se podrá iniciar el proceso judicial.
Documentación necesaria:
Acta de la junta que apruebe el uso de MASC.
Oferta de acuerdo enviada al deudor y justificante de recepción.
Certificado del mediador o profesional que acredite el fracaso del MASC.
Ventajas de los MASC:
Menor coste y tiempo en comparación con los procesos judiciales.
Los acuerdos alcanzados tienen eficacia ejecutiva.
Consecuencias de no cumplir con los MASC:
Inadmisión de la demanda por defecto procesal.
Pérdida de tiempo y costes adicionales.
Imposibilidad de presentar la demanda hasta cumplir con el requisito.
Si la comunidad recibe una reclamación:
Debe responder en un plazo de 30 días y participar en el proceso durante un máximo de tres meses.
Puede proponer otro MASC alternativo si el inicial no es viable.
Rol del Administrador de Fincas Colegiado:
Puede gestionar los MASC en coordinación con el abogado de la comunidad, especialmente en casos de ofertas vinculantes superiores a 2000 euros.
Con todo, la obligatoriedad de los MASC representa un cambio significativo para las Comunidades de Propietarios, ofreciendo una vía más rápida, económica y eficaz para resolver conflictos, aunque puede retrasar ligeramente el inicio de un procedimiento judicial.
Puede consultar el Artículo completo AQUÍ _ Fuente: Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas




Comentarios